El Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España, destinada a impulsar la digitalización de pequeñas y medianas empresas (pymes) y autónomos. Se enmarca dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por los fondos europeos Next Generation EU.
A continuación, te ofrezco una guía definitiva para entender qué es, cómo funciona y cómo beneficiarte de este programa.
1. ¿Qué es el Kit Digital?
El Kit Digital es un programa de ayudas económicas dirigido a pymes y autónomos para que puedan adoptar soluciones digitales que mejoren su competitividad y eficiencia. Estas soluciones pueden incluir desde la creación de páginas web, la gestión de redes sociales, hasta la implementación de sistemas de comercio electrónico y herramientas de ciberseguridad.
2. ¿Quiénes pueden beneficiarse?
El programa está dividido en tres segmentos, según el tamaño de la empresa:
- Segmento I: Pequeñas empresas de entre 10 y 49 empleados.
- Segmento II: Pequeñas empresas o microempresas de entre 3 y 9 empleados.
- Segmento III: Microempresas de entre 0 y 2 empleados, así como autónomos.
3. ¿Qué tipo de soluciones se pueden financiar?
Las soluciones disponibles se agrupan en varias categorías:
- Sitio web y presencia en internet: Creación o mejora de la página web, optimización SEO.
- Comercio electrónico: Implementación de tiendas online.
- Gestión de redes sociales: Estrategias y gestión de perfiles en redes sociales.
- Gestión de clientes (CRM): Sistemas para la gestión de relaciones con clientes.
- Inteligencia empresarial y analítica: Herramientas de análisis de datos para mejorar la toma de decisiones.
- Gestión de procesos: Soluciones ERP (Enterprise Resource Planning).
- Facturación electrónica: Implementación de sistemas para facturación digital.
- Comunicaciones seguras: Soluciones de ciberseguridad y protección de datos.
- Servicios y herramientas de oficina virtual: Software para la colaboración en línea y la gestión de proyectos.
4. ¿Cómo se solicita?
El proceso para solicitar el Kit Digital consta de varios pasos:
- Registro: Las empresas interesadas deben registrarse en la plataforma oficial del programa.
- Autodiagnóstico: Una vez registrado, la empresa debe realizar un test de autodiagnóstico para evaluar su nivel de digitalización.
- Solicitud de la ayuda: Tras el diagnóstico, se podrá solicitar la ayuda correspondiente a través de la plataforma.
- Selección del proveedor: Las empresas deben elegir uno o varios proveedores homologados por el programa para implementar las soluciones digitales.
- Formalización del acuerdo: Se firma un acuerdo entre la empresa beneficiaria y el proveedor para llevar a cabo las soluciones seleccionadas.
5. Cuantía de las ayudas
La cuantía de la ayuda depende del tamaño de la empresa y del tipo de solución que se desee implementar. Por ejemplo:
- Segmento I: Hasta 12.000 euros.
- Segmento II: Hasta 6.000 euros.
- Segmento III: Hasta 2.000 euros.
6. Requisitos para acceder al Kit Digital
Para acceder al Kit Digital, las empresas deben cumplir con ciertos requisitos:
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
- No estar en situación de crisis.
- No superar el límite de ayudas de minimis (200.000 euros en tres años).
- Estar inscrita como empresa en el censo de empresarios, profesionales y retenedores.
7. Duración del programa
El programa tiene una duración limitada y se ha dividido en varias convocatorias. Es importante estar al tanto de las fechas de cada convocatoria para poder solicitar las ayudas a tiempo.
8. Beneficios del Kit Digital
Adoptar soluciones digitales no solo mejora la competitividad, sino que también permite a las empresas ser más eficientes, acceder a nuevos mercados y mejorar la experiencia del cliente. Además, en un mundo cada vez más digital, la implementación de estas herramientas es crucial para la supervivencia y el crecimiento a largo plazo.
9. Consejos para aprovechar el Kit Digital
- Realiza el autodiagnóstico con sinceridad: Esto te permitirá identificar las áreas donde realmente necesitas mejorar.
- Elige proveedores homologados y con experiencia: Asegúrate de que los proveedores que elijas tienen buenas referencias y experiencia en el sector.
- Planifica bien el uso de las ayudas: Prioriza las soluciones que puedan tener un mayor impacto en tu negocio.
El Kit Digital es una oportunidad única para que las pymes y autónomos en España se digitalicen y aumenten su competitividad. Aprovechar estas ayudas puede marcar una gran diferencia en la operativa diaria y en el crecimiento futuro de tu empresa. Asegúrate de estar bien informado y de seguir los pasos adecuados para beneficiarte de este programa.
Desde que en noviembre de 2021 se presentase el programa Kit Digital han ido surgiendo dudas para las que no se han publicado respuestas. Te las respondemos.
Desde que en noviembre de 2021 se presentase el programa Kit Digital, las informaciones al respecto se han ido sucediendo. Conocemos los fondos, los requisitos genéricos, los plazos… Pero van surgiendo dudas para las que no se han publicado respuestas.
Después de asistir a varios encuentros virtuales en los que participaban tanto empresas como organismos oficiales, hemos ido recopilando las preguntas que han ido lanzando los participantes, con las respectivas respuestas recibidas.
Así que este post no habla del Kit Digital en general (toda la información está publicada en la web oficial), sino de las preguntas frecuentes que se hacen tanto solicitantes de ayudas como agentes digitalizadores.
Iremos actualizando la información según vayan surgiendo cambios o novedades.
¿Cuál es el plazo para solicitar el Kit Digital?
Hasta diciembre de 2024
(Anteriormente al anuncio efectuado en febrero de 2023, los plazos dependían del segmento en el que esté incluida tu empresa.
- Empresas de 10 a 49 empleados: del 15 de marzo al 15 de marzo de 2023 (se ha ampliado; en un principio finalizaba el 15 de septiembre de 2022).
- Empresas de 3 a 9 empelados: del 2 de septiembre de 2022 al 2 de septembre de 2023.
- Pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y menos de 3 empleados: del 20 de octubre de 2022 al 20 de octubre de 2023.)
¿De qué tamaño son las empresas que pueden solicitar el Kit Digital?
El pasado mes de mayo de 2024, Red.es modificaba las bases y ampliaba la ayuda para el segmento III del Kit Digital (mediante la Orden TDF/435/2024, de 9 de mayo, por la que se modifica la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre).
En esta modificación se incluyen además las medianas empresas como nuevas beneficiarias de la ayuda de Kit Digital y se establecen dos nuevos segmentos en función del número de empleados:
- Segmento IV: 50 a 100 empleados
- Segmento V: 100 a 250 empleados
¿Qué gastos son subvencionables?
Los gastos para la adopción de soluciones: Sitio web, comercio electrónico, gestión de redes sociales, gestión de clientes y/o proveedores, BI y analítica, servicios de oficina virtual, gestión de procesos, factura electrónica, comunicaciones seguras y ciberseguridad.
¿Qué gastos no son subvencionables?
La adquisición de hardware, la conectividad, los impuestos o los servicios de consultoría entre otros.
¿Cuál es el importe de la ayuda del Kit Digital?
Depende del tamaño de la empresa y de la categoría de la solución digital. Para el segmento de microempresas y autónomos el importe se ha aumentado en 1.000 euros más, por lo que la nueval cuantía del bono digital es de 3.000 euros (Orden TDF/435/2024, de 9 de mayo).
¿Caduca el bono del kit digital?
Sí.
Las empresas tienen 6 meses para gastarlo.
Si solicito el bono para varias categorías, ¿puedo sumar los importes?
Sí, pero tiene que haber un acuerdo para cada categoría. También debes presentar una factura diferente para cada categoría, aunque el agente digitalizador sea el mismo.
¿Pueden acceder a este bono digital todos los sectores?
Algunas actividades han quedado excluidas.
La convocatoria dice, textualmente: “Se excluyen de la financiación, en la medida en que resulten aplicables a los conceptos en que se realice el gasto al que se destinan las presentes ayudas:
- Actividades relacionadas con los combustibles fósiles, salvo en los casos debidamente justificados conforme con la Comunicación de la Comisión Europea 2021/C 58/01.
- Actividades cubiertas por el régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en las cuales se prevean emisiones equivalentes de CO2 que no sean sustancialmente inferiores a los parámetros de referencia establecidos para la asignación gratuita de derechos.
- Compensación de costes indirectos del sistema de comercio de derechos de emisión.
- Actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras y plantas de tratamiento biológico mecánico que impliquen un aumento de su capacidad o de su vida útil.
- Actividades en las que la eliminación de desechos puede causar daños a largo plazo al medio ambiente”.
¿Pueden pedir estas ayudas los autónomos en módulos?
Sí (siempre y cuando cumplan con los requisitos).
¿Cuál es la antigüedad mínima de la empresa solicitante del bono digital?
6 meses.
¿Cuánto se tarda en recibir el bono?
No hay un plazo estipulado, pero sí se sabe que las peticiones se atienden por orden de llegada. Después, se comprueba si las empresas solicitantes cumplen los requisitos para recibir la subvención.
¿Cómo afecta el resultado del test de autodiagnóstico a la hora de acceder a los bonos?
No es vinculante, por lo que se pueden pedir las ayudas independientemente del resultado. El test solo es para conocer el nivel de digitalización de las empresas.
Importante señalar también que solo es obligatorio realizar el primer test (autodiagnóstico digital), los otros dos son voluntarios. Para desbloquearlos es necesario registrarse.
¿Quién le paga al agente digitalizador?
Una vez emitida la factura, el beneficiario tiene que abonar el IVA al proveedor, pues los impuestos no están incluidos.
El resto lo pagará Red.es en la cuenta del digitalizador una vez digitalizada la factura y subida a Red.es.
Las ayudas no se dan en forma de dinero, sino de servicios. Por tanto, si la solución es más barata que el importe al que tiene derecho la empresa, la cantidad restante se reintegra a los fondos globales del kit digital.
¿Cuándo tiene que pagar el beneficiario al digitalizador la parte que no cubre el bono digital?
Tanto el pago del IVA como de las cantidades que excedan del importe del bono deben abonarse al agente digitalizador cuando la solución haya sido implantada. Este pago tiene que ser efectivo antes de que el agente presente la justificación correspondiente a la fase 1.
¿Cuánto tiempo tardan en cobrar el bono los digitalizadores?
Las empresas digitalizadoras cobrarán el 70% a los tres meses, una vez implantada la solución. El 30% restante, a los 12 meses (en alguna categoría la distribución será 80%/20%).
¿Se puede implementar una solución antes de la firma del acuerdo?
No. Las empresas tienen que esperar a que se abra la convocatoria del bono digital o, en su caso, a que se les conceda. Solo entonces puede llegar a un acuerdo con el agente digitalizador si quiere beneficiarse de las ayudas.
En la convocatoria se habilitará un modelo de aceptación y otro de representación voluntaria.
¿Hay que hacer un contrato privado previo al acuerdo de prestación de soluciones de digitalización?
Sí.
Una vez recibido el bono y elegido el agente digitalizador, es obligatorio firmar un contrato previo a la formalización del Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización. No basta con pasar un presupuesto.
¿Qué ocurre si la empresa beneficiaria desaparece antes del año?
En principio, el agente digitalizador se quedaría sin cobrar el 30% restante. Hay que recordar que las empresas digitalizadoras se comprometen a implantar la solución en un periodo máximo de tres meses desde la firma del acuerdo y a dar un servicio durante 12 meses.
¿Es posible ser beneficiario y agente digitalizador?
No.
¿Un digitalizador puede ofrecer varias soluciones?
Sí. Del mismo modo, los beneficiarios pueden seleccionar distintos servicios hasta agotar el bono, siempre y cuando estos pertenezcan a categorías diferentes.
¿Qué ocurre cuando una empresa no cumple el requisito de facturación? ¿Puede unirse a otra?
No. No se permiten UTES (unión temporal de empresas).
¿Es compatible el Kit Digital con otras ayudas del gobierno?
Negativo.
Estas ayudas previstas en esta convocatoria serán incompatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, que cubran el mismo coste, procedentes de cualquier Administración o entes públicos o privados nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, en aplicación del artículo 9 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y se considerará para su valoración, las diferentes definiciones de empresa que se recogen en el artículo 3 del Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
¿Qué ocurre si proveedor y cliente tienen discrepancias?
Desde Red.es han dejado claro que no van a hacer de intermediarios.
¿Cómo se calcula el número de empleados de las empresas cuya plantilla oscila en función de las temporadas?
Se realiza una media, según datos aportados por la Seguridad Social. Se tiene en cuenta el número de trabajadores existente en el último ejercicio cerrado.
En el caso de los autónomos con empleados, estos también contabilizan como parte de la empresa.
¿Qué ocurre si hay algún error en la solicitud?
En ese caso, se enviará un requerimiento y se abrirá un proceso de subsanación con un plazo de 10 días.